JUCHIMANES DE PLATA, ASOCIACION CIVIL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS PREMIOS
CAPITULO I
1. Este Reglamento tiene por objeto determinar las normas que regulan el reconocimiento público, que realiza Juchimanes de Plata, Asociación Civil, de aquellas personalidades que por su trayectoria en las Artes y Letras, Ciencia y Tecnología, Ciencias de la Comunicación y los Derechos Humanos y la Paz, merezcan el premio Juchimán de Planta que en el mismo se establece.
2. Recibirán el premio Juchimán de Plata los ciudadanos:
I. Tabasqueños, Mexicanos y Extranjeros.
3. El premio Juchimán de Plata se otorgará sin distinción de raza, clase social, credo, religión o ideología, concediéndose sólo como un reconocimiento a su trabajo y obra realizada a favor de la entidad, la región, el país y la humanidad.
4. El premio Juchimán de Plata se otorgará a tabasqueños, mexicanos o extranjeros que reúnan los requisitos previstos en este reglamento. Podrán ser personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o personas morales aunque en uno y otro caso estén domiciliadas indistintamente, dentro y fuera del país.
5. Los candidatos a recibir el premio Juchimán de Plata en sus tres ámbitos, serán propuestos por las instituciones de educación superior y de investigación, asociaciones de profesionistas y académicos, así como de organismos análogos.
6. Anualmente se otorgarán cuatro premios Juchimán de Plata en los ámbitos:
I. Estatal
II. Nacional
III. Internacional
Otorgándose en los siguientes campos:
a) Artes: Pintura, Escultura, Música, Canto, Teatro, Danza, Cine y Fotografía.
b) Letras: Novela, Poesía, Cuento y Ensayo Político, Social y Económico.
c) Ciencias: Ciencias Sociales y Humanidades, Económico, Administrativas, Naturales, ....Físico-Matemáticas y Filosofía.
d) Tecnología: Diseño Arquitectónico, Proyectos e Inventos.
e) Ciencias de la Comunicación: Periodismo, Radio y Televisión.
f) Derechos Humanos y la Paz
g) Protección del Medio Ambiente y Ecología
7. No podrá declararse desierto el premio Juchimán de Plata establecido en este Reglamento, una vez aprobada por la Comisión el Jurado de Premiación respectivo, la Comisión respectiva propondrá otro.
8. El premio Juchimán de Plata será otorgado una sola vez a persona física, o integrante del grupo que conforman a la persona moral que en el mismo ordenamiento se establece.
9. El premio Juchimán de Plata será entregado en el mes de Junio de cada año por el C. Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano del Estado de Tabasco y el Rector de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, a invitación expresa del Comité Directivo Permanente de la Asociación, acompañándolos en la ceremonia de premiación, invariablemente, el Presidente de la misma.
10. El premio Juchimán de Plata es una réplica a escala de la escultura monumental y fantástica de la Civilización Olmeca del mismo nombre; tiene un peso de un kilo cuatrocientos noventa y cinco gramos, de metal fundido bajo el proceso de la cera perdida en plata de ley 0.720, mide 11 centímetros de alto y siete de ancho en su base montado sobre pedestal de madera de cedro en forma de pirámide trunca y en una de sus caras se incrusta una placa de oro de 18 kilates con el nombre grabado del premiado, el ámbito y el campo en que se otorga.
11. Con el premio “Juchimán” de Plata se entregará una placa en plata con las siguientes especificaciones: 30 cm. De largo X 21 cm. De ancho y 3 mm de espesor, en ley 0.720, con el logotipo de la Fundación grabado en alto relieve. En él se expresarán las razones por las que se confiere. Estará firmado por el Presidente Comité Directivo Permanente y el Rector de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco.
12. La plaza tiene treinta centímetros de largo por veintidós centímetros de ancho, con un espesor de cuatro milímetros y un peso de novecientos cincuenta gramos de metal fundido de plata de ley 925 , con un grabado a relieve de la escultura monumental y fantástica de la Civilización Olmeca “Juchimán”, expresándose la razón por la que se confiere.
13. La placa Juchimán de Plata se otorgará en casos especiales que determine el Consejo directivo de Juchimanes de Plata, A.C., debiendo llevar el lema del mismo “POR EL RESPETO A LA DIGNIDAD”.
14. La placa Juchimán de Plata se otorgará por el Comité Directivo cuando lo considere pertinente únicamente a personas físicas o morales tabasqueños, que por sus méritos en los campos de la artes y letras, ciencia y tecnología, ciencias de la comunicación y los derechos humanos y la paz.
CAPITULO II
DE LAS COMISIONES DE PREMIACION
15. Las Comisiones de Premiación son órganos colegiados encargados de poner en estado de resolución los expedientes para el otorgamiento del premio Juchimán de Plata.
16. Las Comisiones de Premiación deberán integrarse por cinco consejeros propietarios, tendrán un Presidente designado por sus componentes, de igual forma se elegirán al Secretario y los Vocales a propuesta del Presidente; cada miembro del Consejo registrará en la Secretaría del mismo el nombre de su respectivo suplente.
17. Se establecerán tres Comisiones con carácter:
I. Estatal
II. Nacional
III. Internacional
18. Para ser miembro de la Comisión se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano
II. Tener un modo honesto de vivir
III. Tener la calificación académica, técnica, científica y cultural necesaria.
19. Las Comisiones de Premiación tendrán las siguientes funciones:
I. Formular, dar publicidad y seguimiento a la convocatoria
II. Recibir y registrar candidaturas
III. Designar a los miembros del jurado
IV. Procurarse información y asesoramiento, cuando se estime pertinente, de intelectuales, científicos, investigadores, literatos, comunicadores, humanistas, pacifistas y líderes de la opinión pública locales, nacionales y extranjeros.
V. Gozar de amplias libertades para la elaboración de la carpeta de propuestas de candidatos al premio Juchimán de Plata.
VI. Proporcionar a los Presidentes del Jurado las carpetas que expresan los méritos de los candidatos al premio Juchimán de Plata acompañándolas de los documentos necesarios que se estimen convenientes y en todo caso, se indicará la naturaleza de otras y los lugares en que puedan recabarse.
VII. Hacer del conocimiento público, por medio de un boletín de prensa, los nombres de los candidatos propuestos al premio Juchimán de Plata, así como los de Honorable Jurado.
VIII. Las demás necesarias para otorgar los premios Juchimán de Plata que corresponden de acuerdo con este Reglamento y disposiciones aplicables.
20. Los Honorables Cuerpos de Jurados son órganos colegiados compuestos por el número de miembros propietarios y suplentes que acuerde cada Comisión de Premiación y se encargan de formular, mediante dictamen, las propuestas que someten a su consideración las comisiones.
21. Para ser Miembro del Jurado se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano.
II. Tener un modo honesto de vivir
III. Tener la calificación académica, técnica y científica y cultura necesaria.
21. Cada jurado elegirá de entre sus miembros su propio Presidente y nombrará un Secretario.
22. Se establecerán tres jurados con carácter.
I. Estatal
II. Nacional
III. Internacional
23. Los jurados tendrán las siguientes atribuciones.
I. Sujetarse en la periodicidad de sus sesiones a las disposiciones que dicte la Comisión correspondiente.
II. Determinar sobre los expedientes de candidaturas para la premiación que le turne la Comisión, para formular a su juicio el veredicto.
III. Cumplir con los dictámenes que formule.
IV. Autentificar con la firma de sus integrantes los dictámenes que emita y turnarlos a las Comisiones de Premiación.
Los miembros de los jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos de que conozcan en el ejercicio de su función.
25. Los jurados no podrán revocar sus propias resoluciones que son de su exclusivo arbitrio e incumbencia.
26. La aplicación de las disposiciones de este Reglamento corresponde:
V. Al consejo Directivo de Juchimanes de Plata, A.C.
VI. Al Presidente de Juchimanes de Plata, A:C:
VII. A las Comisiones Estatal, Nacional e Internacional de Premiación.
VIII. A los Jurados Estatal, Nacional e Internacional.
29. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su firma por los miembros del Comité Directivo Permanente y podrá modificarse parcial o totalmente, según acuerdo del mismo.
30. Leído que fue a todos los miembros fundadores y los integrantes del Comité Directivo permanente de esta Asociación se aprobó en cada una de las partes, el presente Reglamento en la ciudad de Villahermosa, capital del Estado de Tabasco, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, firmado al calce los integrantes de dicho Comité.
Lic. Miguel Antonio Rueda de León
Presidente
Lic. José de Jesús Gamiño García
Secretario Técnico
Lic. José del C. Noriega Pérez
Secretario Administrativo
Lic. Miguel Luna Cabrera
Secretario de Comunicación y Concertación
Lic. Rita Rivera Virgilio
Coordinadora Jurídica